Hasta el 17 de enero está abierto el plazo de audiencia e información pública para la modificación del CTE

Desde hoy y hasta el próximo 17 de enero de 2022 se pueden realizar aportaciones al Código Técnico de la Edificación (CTE), ya que acaba de abrirse el plazo de audiencia e información pública europea para su modificación. El propósito de esta modificación es adaptarlo a la Directiva (UE) 2018/844 que modifica una directiva anterior, en lo relativo a la eficiencia energética. En concreto, la que establece las condiciones mínimas necesarias de infraestructuras para la recarga de vehículos eléctricos en los aparcamientos de los edificios. En este sentido, se modifica también la Instrucción técnica complementaria (ITC) BT-52 del Reglamento electrotécnico por baja tensión.

Además, la aprobación del Real Decreto 244/2019, del 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, permite la ampliación del ámbito de aplicación de la exigencia básica HE5 relativa a la generación mínima de energía eléctrica.

La consulta y aportaciones al documento objeto de audiencia e información pública europea se pueden realizar en este enlace.

¿Qué es el CTE?

El Código Técnico de la Edificación hace referencia a las exigencias que deben cumplir los edificios en relación a los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad, en base a la ley de ordenación de la edificación (Ley 38/1999 de 5 de noviembre). También engloba la accesibilidad, teniendo en cuenta la ley de de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

¿Cuáles son las modificaciones más importantes del DB-HE?

  • Nueva sección HE6 Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. En edificios de uso vivienda se instalará, para todas las plazas de aparcamiento una preinstalación para las estaciones de recarga. En edificios con otros usos, se instalará para el 20% de las plazas de aparcamiento.
  • Modificación de la sección HE5 Generación mínima de energía eléctrica. Cambia el ámbito de aplicación pasado a todos los edificios nuevos (incluida vivienda) con más de 1.000 m2 construidos.
  • Corrección de erratas en el resto de secciones.

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