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Control Externo Certificado Energético
Los edificios tienen un gran impacto en el medio ambiente. Se estima que son responsables de aproximadamente el 40% del consumo total anual de energía mundial, la mayor parte utilizada en la provisión de iluminación, calefacción y refrigeración.
El impacto ambiental de los edificios ocurre principalmente durante su uso. Sin embargo, no es despreciable el impacto del material de construcción en edificios mal diseñados y construidos, que malgastan valiosos recursos naturales, aumentando la demanda de producción de energía y contribuyendo al calentamiento global.
Es por ello, que a medida que el cambio climático se convierte en una preocupación cada vez más apremiante, también lo hace la necesidad de crear edificios sostenibles que ofrezcan un impacto ambiental mínimo y el máximo confort humano.
Ante este escenario, no es de extrañar la puesta en marcha de una regulación (RD 235/2013 de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios) que establece la aplicación un sistema de control independiente de certificación energética. Según esta, en la Comunidad Valenciana todos los edificios de obra nueva están obligados a disponer de una Entidad de Control Externo del Certificado Energético.
La Comunidad Valenciana
En el caso de la Comunidad Valenciana, desde el año 2011 está en funcionamiento dicho Control Externo con las siguientes características:
- Regulado a través del Decreto 39/2015, que anula el Decreto 112/2009.
- Antes del inicio de las obras: el promotor debe contratar el Control Externo a una empresa Acreditada.
- Se efectúa sobre aquellos Certificados de Eficiencia Energética de Obra Nueva, que decida el órgano competente (IVACE). Todas las Clases Energéticas A, B y C siempre tendrán control externo.
- El alcance del Control Externo está especificado en el documento reconocido DRD 06/15 «Criterios Técnicos para el control externo de la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción».
- La Etiqueta Energética y el documento de registro de edificio terminado son requisito obligatorio para obtener la licencia de ocupación (vivienda) o de apertura (terciario).
Por qué trabajar con una Entidad Acreditada de Control externo de certificación energética
La Entidad de Control Externo del Certificado Energético verifica el cumplimiento del procedimiento, la calificación energética atribuida de acuerdo con la metodología de cálculo aplicada y la exactitud de los datos consignados en los certificados.
Es por esto esto que los agentes acreditados o Entidad de Control Externo del Certificado Energético están sujetos a los principios de objetividad, independencia, imparcialidad e integridad, no pudiendo, por ello, participar en aquellas fases del procedimiento de certificación de eficiencia energética de edificios que puedan suponer un menoscabo. Además, deben cumplir con los requisitos técnicos exigibles recogidos en el anexo I del Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo.
ETRES Consultores ECCE se encuentra acreditada en el Registro General del CTE, con el código de Entidad VAL-E-019, en los campos de actuación siguientes:
- Verificación del cumplimiento del CTE DB-HE;
- Supervisión de la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios incluyendo el Control Externo de la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios.
¿Necesitas realizar un Control Externo del Certificado Energético?
ETRES Consultores: Entidad de Garantía
ETRES Consultores ECCE se encuentra acreditada en el Registro General del CTE para realizar labores de Control Externo del Certificado Energético, con el código de Entidad VAL-E-019, en los campos de actuación siguientes:
- Verificación del cumplimiento del CTE DB-HE;
- Supervisión de la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios incluyendo el Control Externo de la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios.
Además, cumplimos y superamos los requisitos mínimos exigidos a la organismos de Control Externo:
- Sistema de Gestión de Calidad, conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020 “Criterios generales para el funcionamiento de diferentes tipos de organismos que realizan la inspección”.
- Seguro de Responsabilidad Civil que cubre específicamente la actividad de control externo así como todas las que desarrollamos en nuestra empresa.
- Personal Técnico de Inspección formado y con garantías. Nuestro Director Técnico participó en la Redacción de los Criterios Técnicos para el Control Externo de Edificios Calificados DRD 06/15 DIC-1.
- Instrumentación y Equipos de Inspección en propiedad.
Qué nos diferencia del resto
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Estamos contigo en cada paso del camino, desde las mediciones iniciales hasta la consecución de los certificados.
Seguridad
Disponemos de un seguro de responsabilidad civil que cubre específicamente todos nuestros servicios
Ellos lo tienen muy claro…
Jaime Nuño
Despacho Arquitectura Almoradí (Alicante)
Muy buen servicio, con asesoramiento y asistencia técnica antes y durante la ejecución de la obra. Gran implicación y profesionalidad.»
Mario Domingo Ramón Espinosa
TAYLOR WIMPEY DE ESPAÑA, SAU.
Catherine Cenet
Despacho Arquitectura Novelda (Alicante)
Cómo trabajamos para realizar el Control Externo del Certificado Energético
El objetivo principal de este control externo es la de proteger los derechos del consumidor por ello, desarrollamos esta actividad en tres fases:
- Fase 1.- Análisis del proyecto de ejecución y su Certificación Energética. Esto da lugar al Informe Previo de control externo.
- Fase 2.- Control durante la ejecución de la obra conforme a procedimientos internos documentados que cumplen con los Criterios Técnicos para el control externo establecidos por la administración.
- Fase 3.- Informe de Control Externo incluyendo la calificación de eficiencia energética.
Algunos ejemplos de nuestra experiencia en Control Externo del Certificado Energético: