El pasado lunes día 12 de octubre comenzó la cuenta atrás para todas aquellas empresas altamente contaminantes (de prioridad 3). Estas empresas deberán determinar la cuantía de la garantía financiera medioambiental y las medidas de prevención ambiental que se llevarán a cabo. En base a la Orden TEC/1023/2019, de 10 de octubre, cuentan con menos de un año para que esto sea de carácter obligatorio.
Garantía financiera ambiental
La garantía financiera ambiental, no es otra cosa que un aval o un resguardo financiero que permite a las empresas hacer frente a posibles accidentes con impactos ambientales negativos, derivados de la actividad que desarrollan.
Entre los impactos ambientales negativos se encuentran: aquellos que puedan tener afectación sobre las especies silvestres y los hábitats, las aguas, la ribera del mar, las rías y el suelo, entre otros.
Prevención ambiental
Para prevenir estos posibles daños es importante conocer los riesgos medioambientales de la actividad que desarrolla la empresa en cuestión. Una vez se conocen los riesgos, facilita la toma de decisiones con el fin de disminuir la probabilidad de que ocurran y reducir el valor de los daños asociados. Por lo tanto, se recomienda poner en marcha servicios como «Análisis de riesgo medioambiental» o «Estudios de impacto medioambiental» para poder prevenir cualquier impacto negativo al medio ambiente.
Cómo calcular la cuantía de la garantía financiera medioambiental
- En primer lugar, se debe identificar los posibles escenarios accidentales que puedan ocurrir y la probabilidad de que estos sucedan.
- Posteriormente, se establece la magnitud del daño en cada caso (IDM o índice de daño medioambiental), que está relacionada con sus costes de su reparación.
- El tercer paso consiste en calcular el riesgo asociado a cada escenario accidental como el producto entre la probabilidad de ocurrencia del escenario y el IDM. De entre los distintos escenarios con menor IDM que agrupen el 95% del riesgo total, se selecciona como referencia el que tenga un IDM mayor.
- Por último, se cuantifica y monetiza su daño medioambiental.
¿A quién afecta?
Las empresas que deben implementar la garantía financiera medioambiental y poner en marcha las medidas de prevención ambiental son las recogidas en la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. Es decir, empresas cuya actividad profesional esté catalogada como altamente contaminante (de prioridad 3).
Algunas de las empresas afectadas son:
- Instalaciones de combustión como la producción de carbón
- La producción y transformación de metales, industrias minerales y químicas
- Gestión de residuos, producción de derivados de la madera y su conservación
- Producción de cuero
- Industria agroalimentaria y explotaciones ganaderas
- Consumo de disolventes orgánicos, industria del carbono
- Tratamiento de aguas y captura de CO2
De todos modos, aunque una empresa no esté obligada a tener esta garantía financiera medioambiental, si son responsables de ocasionar una amenaza inminente de daño o daño medioambiental, deben adoptar las medidas necesarias de prevención, evitación y/o reparación que sean necesarias, con independencia del coste de las mismas.
Ventajas
Gestionar y cuantificar el riesgo medioambiental e incluir prácticas sostenibles en la filosofía de la compañía beneficia tanto a las empresas como al conjunto de la sociedad.
A las empresas porque prevenir y gestionar de una manera adecuada estos posibles impactos negativos al medio ambiente, va a mejorar su imagen social corporativa y va a adquirir un reconocimiento por parte de cliente, proveedores, etc. Y a la sociedad porque estas acciones preventivas y correctivas por parte de las empresas van a descender las probabilidades de que ocurra un accidente de este tipo, se va a proteger más y mejor al medio ambiente y esto se va a traducir en una mejor calidad de vida para las personas.
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