Será obligatorio a las obras de nueva construcción y a las de intervención en edificios existentes para las que se solicite licencia municipal de obras dentro de 5 meses.

El pasado 15 de junio se publicó en el BOE una nueva modificación del DB-HE 2019. Será obligatorio a las obras de nueva construcción y a las de intervención en edificios existentes para las que se solicite licencia municipal de obras dentro de 5 meses, es decir, 16 de diciembre de 2022.

Más allá de pequeños cambios sobre referencias a normas y corrección de alguna errata, los principales cambios son:

HE0.- Limitación del consumo energético

– Aclaración sobre el cálculo del balance energético y la posible exportación de energía eléctrica renovable generada en el edificio. El cálculo considera un coeficiente de exportación de 0, por tanto, no se considera la posible exportación / compensación con la red.

– Aclaración sobre “energía eléctrica producida in situ”: sólo considera en los consumos eléctricos de calefacción, refrigeración, ventilación, ACS y, en terciario, la iluminación.

HE1.- Condiciones para el control de la demanda energética

– En aquellos edificios en los que las demandas de calefacción y refrigeración sean inferiores a 15 kWh/m2·año, puede excluirse el cumplimiento del coeficiente global de transmisión de calor K.

HE5.- Generación mínima de energía eléctrica procedente de fuentes renovables

– Cambio en el ámbito de aplicación: edificios de nueva construcción cuando superen los 1.000 m2 construidos (de cualquier uso, incluido vivienda).

– Cambio en el método de cálculo de la potencia mínima a instalar.

HE6.- Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos

– Nueva sección.

– Obligatorio para obra nueva y la intervención en edificios existentes.

– Uso residencial privado.- instalar sistemas de conducción de cables que permitan el futuro suministro a estaciones de recarga para el 100% de las plazas de aparcamiento.

– Otros usos.- los sistemas de conducción de cables al menos en el 20% de las plazas de aparcamiento y una estación de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento o fracción.

Os facilitamos el documento del DB-HE remarcando en amarillo los cambios:

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